Incidente Nº 1 - ACTOR: GARCIA, JOSEFA DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
La Cámara Federal de Rosario confirma en parte la sentencia en la ejecución previsional, revoca la aprobación de una liquidación incorrecta y regula honorarios en suma ajustada a los porcentajes legales, manteniendo la condena en costas a la demandada vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Josefa Garcia, demanda a la ANSeS en autos por reajuste de haberes previsionales.
- La sentencia de primera instancia aprobó la planilla, rechazó excepciones, impuso costas a la demandada y reguló honorarios.
- La demandada interpuso recurso por la impugnación de la liquidación, nulidad de la sentencia, pago y plazo de cumplimiento.
- La Cámara revoca la aprobación de la liquidación del 29/04/2022 y aprueba la del 23/05/2022, por haber corregido errores en la cálculo, y desestima el agravio de pago por no acreditarse pago total, en línea con jurisprudencia de la Cámara Federal de Apelaciones en Seguridad Social.
- Se confirma la imposición de costas a la demandada vencida y la regulación de honorarios en suma de $31.200 para la parte actora, ajustados a los porcentajes legales.
- La sentencia mantiene la condena en costas, regula honorarios de los profesionales en línea con la ley y la acordada vigente, y remite a resoluciones similares en causas conexas.
FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
"Del estudio de las actuaciones se advierte que la perita acompañó una nueva liquidación el 23/05/2022 en la que corrigió el error observado, pero que no fue aprobada. Por ello, en virtud de lo analizado, corresponde hacer lugar al agravio de la demandada, revocar la aprobación de la liquidación del 29/04/2022 y aprobar la del 23/05/2022."
"En cuanto al agravio relativo al plazo de cumplimiento de la sentencia, guarda analogía con lo resuelto por esta Sala en la causa N° FRO 10457/2020, del 14/12/2022, que rechazó el pedido de la demandada para ordenar el cumplimiento en el plazo del art. 22 de la ley 24.463."
"Las costas de esta instancia se imponen a la demandada quien ha resultado sustancialmente vencida."
"En relación a los honorarios, se regularon en la suma de $31.200, en línea con los porcentajes legales y la normativa vigente, en reemplazo de la regulación excesiva anteriormente dispuesta."
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