Incidente Nº 1 - ACTOR: VERON, ALEJANDRA DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
La Cámara Federal de Rosario revoca parcialmente la decisión de la sentencia, declara la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias en el contexto de reajustes previsionales, y confirma las regulaciones de honorarios y costas, considerando la naturaleza del proceso y la etapa procesal.
Quién demanda: Alejandra Verón (actora)
¿A quién se demanda?
ANSeS (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes de haberes previsionales, impugnación de la aplicación del impuesto a las ganancias, y regulación de honorarios professionnels y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la decisión que aplicaba el impuesto a las ganancias, declarando su inaplicabilidad por extensión del criterio exonerativo dispuesto por la CSJN en los precedentes “García”, “Dattorre” y “Villamayor”. Además, confirma la regulación de honorarios y costas, y declara inoficioso el recurso de la actora contra el decreto del 13/03/2023. Fundamentos principales de la decisión: "En relación a la queja por el impuesto a las ganancias, debe declararse su inaplicabilidad, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesto por la Corte Suprema en causas 'García', 'Dattorre' y 'Villamayor', recepcionado por la Cámara Federal de Salta en autos 'Percivaldi'. La sentencia revisada remite a estos precedentes, por lo que se revoca lo dispuesto y se declara la inaplicabilidad del impuesto." "Respecto a los intereses moratorios, la Sala reitera que se devengan ipso iure a partir de la mora por disposición legal (art. 768 CCC), comenzando una vez vencido el plazo para pagar la liquidación aprobada judicialmente. En el caso, no hay liquidación aprobada y firme, por lo que se desestima el agravio." "Sobre la tasa de interés en mora por honorarios, se mantiene la fijada en autos FRO N° 54726/2017/1/CA1, que corresponde a la activa del Banco de la Nación Argentina." "El análisis del recálculo de la PBU (Pensión Básica Universal) se postergó para la etapa de ejecución, y el método utilizado por la liquidación es coincidente con la jurisprudencia de esta Sala y precedentes de la CSJN." "Respecto al plazo de cumplimiento, se remite a los criterios de la causa N° FRO 10457/2020, rechazando la petición de la demandada." "Se confirma la imposición de costas a la demandada, por sustancial vencimiento." "El recurso de la actora contra el decreto que no hizo lugar a la fianza ofrecida se declara inoficioso, por tratarse de una cuestión de estado procesal." "Los honorarios del letrado de la
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