AMARILLO, LUIS OSVALDO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
La Cámara de Gualeguaychú confirmó la sentencia que condenó a Federación Patronal Seguros a pagar más de 16 millones de pesos por accidente laboral. La decisión respalda la valoración de la prueba y la aplicación de la doctrina Crettaz en la liquidación de la indemnización.
- Quién demanda: Luis Osvaldo Amarillo
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de indemnización por accidente de trabajo, incluyendo intereses y actualización monetaria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a la aseguradora a pagar más de 16 millones de pesos por la dolencia traumatológica del actor, reconocida como accidente laboral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la valoración de la prueba, incluyendo testimonios y pericia médica, fue correcta y suficiente para acreditar la relación causal entre las tareas laborales y la dolencia. La parte demandada no logró desvirtuar los fundamentos del fallo de grado, y su recurso de apelación fue desestimado por insuficiencia argumentativa y por no cuestionar los fundamentos centrales del pronunciamiento. En relación a la liquidación, el tribunal reiteró la validez de la doctrina "Crettaz" y la constitucionalidad del uso del RIPTE para actualizar la indemnización, rechazando las impugnaciones por inconstitucionalidad del DNU 669/19 y la aplicación de intereses del 12% anual, por considerarlos justos y adecuados para evitar el enriquecimiento ilícito y compensar la mora. La decisión se fundamentó en la necesidad de mantener la protección efectiva del trabajador y en la correcta aplicación de la normativa vigente y la doctrina vinculante.
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