DE CASAS, GUSTAVO JORGE MIGUEL C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La Cámara de Gualeguaychú revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda por inexistencia de relación causal entre las patologías y el trabajo del actor. La decisión se fundamenta en la valoración de la prueba pericial y la normativa aplicable.
- Quién demanda: Gustavo Jorge Miguel De Casas
¿A quién se demanda?
Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por enfermedad profesional, con una suma de $6.001.887,42 por incapacidad y secuelas relacionadas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Gualeguaychú revoca la sentencia de grado y rechaza la demanda, considerando que las patologías no tienen relación causal con las tareas laborales del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El perito médico, Dr. Bourlot, informó que respecto a la afectación del hombro y la respiración, el actor no presenta incapacidad. La afectación de la rodilla, síndrome meniscal, fue evaluada en 10,6% de incapacidad, sin relación con las tareas laborales, ya que no se acreditó un nexo causal ni la existencia de un accidente laboral." "El art. 658/96 reformado por el Decree 49/2014 no incluye el síndrome meniscal en las enfermedades profesionales previstas por la Ley de Riesgos del Trabajo. Además, no se evidenció relación con las tareas del trabajador ni evento de accidente laboral." "El tribunal señaló que las conclusiones periciales no son vinculantes, y que la evaluación de la prueba debe ser soberana. Se apartó de los dictámenes periciales que no demostraron vínculo causal, y decide que no corresponde declarar incapacidad alguna."
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