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ANDRADA, MARIANO NICOLAS Y OTROS c/ EN-DNM s/EMPLEO PUBLICO

La Sala de Cámara dispone el desplazamiento del conocimiento del proceso a la Sala IV, por conexidad previa con otro expediente, en línea con los principios de prevención y economía procesal, y siguiendo las resoluciones de la Junta de Superintendencia, dado que la conexidad fue declarada sin oposición de las partes.

Conexidad Economia procesal Jurisdiccion Decision judicial Empleo publico Camara contencioso administrativo federal Recurso judicial Sala ii Sala iv Traslado de causa

¿Qué se resolvió en el fallo?

El proceso involucraba a Mariano Nicolás Andrada y otros en una causa contra la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) por empleo público. La resolución del 19/3/2025 admitió una excepción de defecto legal, requiriendo que la parte actora regularice la demanda respecto de ciertos coactores. La parte actora interpuso revocatoria y apelación en subsidio, que el 30/4/2025 fue desestimada y se concedió la apelación subsidiaria. La Fiscalía General de Cámara sugirió que la causa debía ser trasladada a la Sala IV por conexidad con otra causa previa (CNT19.151/2019). La conexidad fue declarada por el juez de grado en 9/2/2024, sin cuestionamiento. La Sala consideró que, para promover la economía procesal y evitar duplicidad de juzgamientos, corresponde el desplazamiento del conocimiento a la Sala IV, que previamente había intervenido en la causa conexa. En consecuencia, el tribunal ordena girar las actuaciones a la Sala IV del Fuero para que asuma su conocimiento.

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