M , E D V Y OTRO c/ M , A G s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y admite parcialmente la demanda por daños y perjuicios derivados de demora en la reparación del vehículo asegurado. La decisión se fundamenta en la protección del consumidor y en la interpretación más favorable a la parte actora, rechazando la excepción de prescripción y fijando indemnizaciones por privación de uso y daño moral.
- Quién demanda: E del V M y G R I (actores)
¿A quién se demanda?
A G M y A A Cia. de Seguros S.A (demandados)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños materiales, privación de uso y daño moral por demora en reparación del vehículo asegurado.
¿Qué se resolvió?
Se revoca la sentencia de primera instancia que rechazaba la demanda, se desestima la excepción de prescripción y se admite parcialmente la acción, condenando a los demandados a pagar indemnizaciones por los rubros detallados, con intereses y costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El plazo de prescripción para las acciones judiciales derivadas de contratos de seguros, celebrados en relación con consumidores, debe regirse por el plazo general de cinco años establecido en el art. 2560 del CCyCN, en virtud del principio de protección más favorable al consumidor, en concordancia con los arts. 1094 y 1095 del CCCN. La relación entre las partes es de consumo, y la normativa constitucional y legal protegen derechos que exigen un plazo mayor, en tanto la ley especial de seguros no puede limitar indebidamente el derecho de acción del asegurado. La demora injustificada en la entrega del vehículo y la falta de información adecuada por parte de los demandados constituyen incumplimiento de sus obligaciones, por lo que resulta procedente atribuirles responsabilidad y condenarlos en los rubros de indemnización por privación de uso y daño moral."
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