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BUSTAMANTE, CARLOS MARIA C/ PRESTACIONES AGROPECUARIAS SRL Y OTROS S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACIÓN LABORAL

La Cámara de Gualeguaychú modifica parcialmente la sentencia de primera instancia, condenando a los demandados al pago de una indemnización adicional por relación laboral clandestina y confirma las demás decisiones, fundamentando la aplicación de la ley 25.323 ante la clandestinidad del vínculo.

Recurso de apelacion Indemnizacion Contrato de trabajo Relacion laboral no registrada Clandestinidad Ley 25.323 Multas ley 24.013 Sentencia confirmada y modificada Derecho laboral rural Categoria laboral (capataz)


- Quién demanda: Sr. Carlos María Bustamante

¿A quién se demanda?

Prestaciones Agropecuarias S.R.L., IADEN S.A. y Gerardo Nothardt

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnización por relación laboral no registrada (clandestina), diferencias salariales, multas y certificados laborales.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso del actor, condenando a los demandados a pagar $2.403.824,35 por indemnización por relación clandestina y se confirmó el resto de la sentencia en cuanto a las demás cuestiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La relación laboral se consideró extendida hasta el despido indirecto en 2020, por la falta de prueba que desvirtuara la presunción del art. 23, LCT. La ley 25.323 se aplica de oficio en casos de relación clandestina, y la prueba testimonial y documental avalan la continuidad del vínculo posterior al despido directo. La categoría laboral de "capatáz" no fue acreditada por el actor, y las multas por infracción a la ley 24.013 fueron rechazadas por no encuadrar en la norma. Se confirmaron costas y honorarios, y se rechazó el embargo preventivo por extemporáneo.

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