D., S. G. c/ IAPOS INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DE OBRA SOCIAL Y OTROS -AMPARO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad presentado contra la sentencia que rechazó una acción de amparo por cobertura de tratamiento de estimulación auditiva neurosensorial. La decisión se fundamentó en la falta de entidad constitucional de los agravios y en la competencia de la autoridad sanitaria para regular las prestaciones. La sentencia confirma la legalidad del rechazo de la demanda por no acreditar que el método no esté incluido en las prestaciones reconocidas por la normativa vigente.
- Quién demanda: S. G. D., en representación de su hija menor de edad.
¿A quién se demanda?
IAPOS y la Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura del tratamiento de estimulación auditiva neurosensorial mediante Método Tomatis, indicado por el médico tratante.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad por falta de entidad constitucional de los planteos, confirmando la constitucionalidad del rechazo a la cobertura por parte de la Obra Social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de inconstitucionalidad no resulta procedente ante planteos que en realidad constituyen disconformidad con la fundamentación de la sentencia y no cuestionan directamente la constitucionalidad de un precepto. La sentencia atacada argumentó que la negativa de la Obra Social no fue un acto arbitrario ni manifiestamente ilegítimo, ya que, según la normativa vigente, la prestación solicitada no se encuentra reconocida por autoridad competente. Además, se observó que la acción de amparo requiere una arbitrariedad manifiesta, lo cual no ocurrió en este caso. La jurisprudencia ha señalado que el recurso de inconstitucionalidad no debe ser utilizado para revisar cuestiones opinables o de mera disconformidad con la decisión judicial."
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