CONDE, FLAVIO JOSE s/ HOMICIDIO AGRAVADO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario admitió parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Fiscalía, centrado en la falta de motivación adecuada en la reducción de pena y la integración del tribunal, y elevó el caso a la Corte Provincial para su análisis. La decisión se fundamentó en la posible afectación del debido proceso y la correcta motivación de la pena.
- Quién demanda: La Fiscalía (Ministerio Público de la Acusación)
¿A quién se demanda?
La sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario, específicamente el acuerdo N° 422 del 02/09/2021.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la constitucionalidad del acuerdo por supuesta arbitrariedad en la valoración de la prueba, falta de motivación en la reducción de la pena a 10 años y 8 meses, y errores en la integración del tribunal y en la determinación del monto punitivo, que afectaron el derecho a un juicio con debido proceso y motivación adecuada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara reconoce la posible vulneración constitucional en la motivación de la pena y en la integración del tribunal, admitiendo parcialmente el recurso y elevando el expediente a la Corte Provincial para su análisis definitivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los votos coinciden en que la valoración probatoria por parte del tribunal de segunda instancia fue defectuosa, ya que la integración del tribunal para decidir sobre la pena no respetó los requisitos del art. 138 del CPP, pues se basó en votos contradictorios y sin adecuada fundamentación. Se identificó que la integración del tribunal con votos discordantes generó una afectación al debido proceso y a la garantía de un pronunciamiento motivado, en particular en la determinación de la pena. La jurisprudencia citada confirma que la decisión de un tribunal colegiado debe estar adecuadamente motivada y con integración válida, y que la falta de ello puede constituir una afectación constitucional susceptible de revisión. Se destacó que los agravios en relación a la valoración de la prueba y la fundamentación en la reducción de la pena tenían sustento en las constancias del expediente, lo que permite su consideración en sede constitucional. La mayoría de los jueces coincidieron en que la afectación constitucional es suficiente para admitir parcialmente el recurso, y en que corresponde elevar la causa a la Corte para su resolución definitiva, en virtud de la posible vulneración del derecho a un proceso justo y motivado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: