VILCHEZ, MATIAS RUBEN s/ ROBO CALIFICADO POR USO DE ARMA DE FUEGO, PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE GUERRA Y ENCUBRIMIENTO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la resolución del juez de primera instancia que autorizó la incorporación de Matías Rubén Vilchez al régimen de salidas transitorias, rechazando los agravios por considerarlos infundados y avalando la normativa provincial vigente.
Actor: Dra. María Josefina Bertotto, en representación del Ministerio Público de la Acusación. Demandado: Matías Rubén Vilchez, condenado a 7 años y 6 meses de prisión por delitos relacionados con robo calificado, tentativa, portación de arma de guerra, privación ilegítima de la libertad y encubrimiento. Objeto: Que se revoque la resolución que incorporó al condenado al régimen de salidas transitorias, argumentando que la normativa aplicable sería la ley nacional 27375, que limita el acceso a dichas salidas para ciertos delitos, y que no se consideraron informes penitenciarios favorables. Decisión: La Cámara confirmó la resolución de primera instancia que autorizó las salidas transitorias, fundamentando que la legislación provincial 14243, vigente desde 2024, es la norma aplicable, siendo más benigna y no sujetando las salidas a las restricciones de la ley nacional 27375. Además, consideró que los informes penitenciarios favorecían la reinserción social del condenado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se ha establecido que las normas federales solo rigen cuando las provincias no hayan regulado la materia o cuando hayan adherido expresamente. La ley provincial 14243, sancionada en diciembre de 2023, regula íntegramente la ejecución de las penas privativas de libertad en Santa Fe, excluyendo la remisión a la legislación nacional, y establece que en caso de duda, se aplicará la norma más benigna. La interpretación de la normativa vigente en la provincia, en particular los artículos 2 y 66 de la ley provincial, avalan la aplicación de la ley 14243 en lugar de la ley nacional 27375, la cual no fue adherida expresamente. Asimismo, los informes penitenciarios indicaron un perfil favorable del condenado, justificando la decisión de otorgar las salidas transitorias."
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