OLIVERA ORLANDO c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La Cámara de Apelaciones del Trabajo modifica la decisión de primera instancia en materia de intereses y actualiza la condena, remitiéndose a los criterios jurisprudenciales de la CSJN y las actas de la CNAT, manteniendo la condena principal y las costas procesales.
Quién demanda: Orlando Olivera (actor)
¿A quién se demanda?
Estado Nacional y otros (demandados)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de indemnización por accidente laboral, con intereses y actualización por las tasas y parámetros establecidos por la jurisprudencia y las actas de la CNAT.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la condena de $235.881,63 y modifica el régimen de intereses aplicados, dejando sin efecto el régimen del Acta 2764/2022 y aplicando un sistema de actualización monetaria y tasa de interés que refleje mejor el costo medio del dinero, conforme a las jurisprudencias de la CSJN y la CNAT. El tribunal dispuso que los intereses se actualicen por IPC y un interés adicional del 3% anual, con capitalización única, desde la notificación de la demanda hasta la fecha del pronunciamiento. Además, se aclaró que no corresponde aplicar el DNU 70/23 debido a su suspensión. La sentencia mantiene las costas y honorarios en los términos previos.
Fundamentos principales de la decisión:
"La tasa de interés a aplicar, para ser justa y razonable, debe compensar la falta de goce del capital en tiempo oportuno, a la par de absorber -al menos mínimamente
- los daños derivados de la mora del deudor, objetivos que, en mi criterio, no se logran satisfacer mediante la aplicación lineal de las tasas aplicables con anterioridad al dictado de la resolución cuestionada [...] La actualización de los créditos laborales impagos no se deriva necesariamente de una escalada inflacionaria y la prohibición de mecanismos de ajuste en períodos de elevada depreciación monetaria resulta contraria a normas y principios de raigambre constitucional (arts. 14 bis, 16, 17, 75.22 CN). Por ello, se propone aplicar la actualización monetaria por IPC y un interés del 3% anual, con capitalización única, desde la notificación de la demanda."
"De haber debido cobrar el actor el equivalente a 374,41 SMVM al 27/5/2006, calculando los accesorios desde aquel día y hasta el 30/4/2025, la cifra sería de $127.408.672,32, en contraste con los $6.881.618,05 de la condena original."
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