MOREL SAMUEL DAVID C/ RIVERO LEANDRO OSVALDO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de San Isidro confirmó la sentencia que condenó a los responsables por daños derivados de un accidente de tránsito. La responsabilidad del conductor del vehículo Renault fue atribuida por responsabilidad objetiva, y se ordenó una indemnización de $6.520.700, con intereses y costas a cargo del demandado.
El actor Samuel David Morel demandó a Leandro Osvaldo Rivero y Sandra Gladys Medina por daños y perjuicios causados en un accidente ocurrido el 14/12/18 en la Ruta 8 de Pilar, donde fue embestido por el vehículo Renault Symbol conducido por Rivero. La aseguradora reconoció el siniestro pero rechazó responsabilidad, atribuyendo la culpa a Morel. La sentencia de primera instancia determinó la responsabilidad objetiva del conductor y la titularidad del vehículo, fundamentándose en la normativa del CCCN y en las pruebas del expediente, incluyendo la pericia mecánica y el informe médico. La Cámara de San Isidro ratificó dicha responsabilidad, considerando que no se acreditaron eximentes y que la versión de la aseguradora no fue probada. La condena incluye una indemnización total de 6.520.700 pesos, intereses y costas. Se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, aplicando intereses del 6% anual desde el siniestro, con actualización en función del RIPTE y el IPC. La condena se extendió a la aseguradora, conforme a la póliza suscripta.
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