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OCHANDIO, MARIA DEL CARMEN c/ SERVICIO UNIVERSITARIO MEDICO ASISTENCIAL s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo por aumento en cuotas de obra social, rechazando los agravios de la demandada por insuficiencia argumentativa y confirmando la regulación de honorarios y costas de alzada.

Costas Recurso de apelacion Obra social Jurisprudencia Amparo Regulacion honorarios Insuficiencia argumentativa Aumentos cuotas U.m.a. Retrotraer cuotas

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Maria del Carmen Ochandio, demanda contra el Servicio Universitario Médico Asistencial (SUMA) por la modificación en el valor de la cuota de su obra social. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción, ordenando retrotraer las cuotas a diciembre de 2023, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios. La demandada apela, cuestionando que SUMA no sea su obra social, y que los aumentos en cuotas fueron inferiores a la inflación, además de impugnar la regulación de honorarios. La Cámara analiza los agravios, concluyendo que la impugnación carece de crítica concreta y razonada, ya que los argumentos son una mera discrepancia sin fundamentación suficiente. La Sala destaca que los agravios deben contener una crítica concreta y razonada, y que la apelante no cumplió con ese requisito. Finalmente, la Cámara confirma la sentencia, con costas de alzada a la demandada, y deja constancia del aumento del U.M.A. a partir del 1/12/2024.

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