ESTIGARRIBIA, FERNANDO SEBASTIAN c/ TELECENTRO S.A. Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
La Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que condenó a Telecentro S.A. a pagar diferencias salariales y sanciones, y dispuso la entrega de certificados de servicios, rechazando los agravios sobre nulidad y retroactividad, y manteniendo las costas y honorarios.
- Quién demanda: Fernando Estigarribia
¿A quién se demanda?
Telecentro S.A. y otra entidad (Trunk Line Service SRL)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias de salarios, sanciones de la Ley de Contrato de Trabajo, certificados de servicios y aportes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos, con apartamiento en algunos aspectos, como la reducción del interés al 3% anual y la exclusión de la obligación de entregar nuevas certificaciones de servicios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La codemandada cuestiona la nulidad y arbitrariedad del fallo, pero los agravios resultan insuficientes y la prueba aportada demuestra que los servicios excedían las tareas propias de un empleado de construcción, correspondiendo la relación laboral a Telecentro S.A. La relación se extinguió en agosto de 2019, por lo que no corresponde aplicar retroactivamente sanciones del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, ya que el reclamo fue presentado después. Respecto a las certificaciones, se confirma la improcedencia de su entrega en el proceso laboral, dado que debe tramitarse ante otro fuero. Las costas se mantienen por el carácter alimentario del crédito y la diferencia salarial. Se reduce el interés al 3% anual, en línea con precedentes de la Cámara." Disidencia de la Dra. Craig: propone mantener la obligación de entrega de certificaciones, ya que la obligación formal del empleador en el art. 80 LCT no debe confundirse con el cumplimiento de normas de seguridad social, y la demandada no cumplió en tiempo y forma con dicha obligación.
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