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La Cámara Contencioso Administrativo Federal – Sala III confirmó los honorarios regulados en la sentencia de primera instancia, incluyendo los honorarios de abogados, peritos y consultores técnicos, destacando que se ajustan a la naturaleza del proceso, el resultado y la complejidad del litigio, en línea con la jurisprudencia vigente y las normativas aplicables.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La sentencia regula los honorarios de las partes en un proceso judicial, distinguiendo cada etapa del procedimiento.
- La Cámara establece los honorarios de la parte demandada en 1.280.000 pesos por las dos primeras etapas, y en 1.190.016 pesos por la tercera, considerando la naturaleza, resultado y la importancia económica del litigio.
- Además, fija los honorarios del letrado Masera en 10.50 UMA (780.948 pesos), y confirma los honorarios del perito contador Juan Cruz Arce y la consultora técnica Lic. Claudia Álvarez, en consonancia con la jurisprudencia del C.S.J.N.
- La decisión destaca que los honorarios distribuidos y regulados no fueron objeto de agravio y que la proporción entre los honorarios de profesionales y peritos se ajusta a los parámetros establecidos por la normativa vigente.
- Se remite la resolución a la Corte Suprema, sin que exista pronunciamiento sobre modificación o confirmación de los honorarios en una instancia superior, dado que la resolución no expresa cambios respecto a la decisión de primera instancia.

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