Incidente Nº 2 - IMPUTADO: GRAMAJO, ANGEL EXEQUIEL s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal inadmite el recurso de casación interpuesto por la defensa de Ángel Exequiel Gramajo contra la resolución que denegó su pedido de beneficios de salidas transitorias y semilibertad, considerando que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en la normativa vigente, y que las cuestiones planteadas no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad ni en defectos del pronunciamiento. La decisión se fundamenta en que la resolución recurrida fue fundada y razonada, y que las discrepancias valorativas no constituyen una arbitrariedad.
¿Quién es el actor?
Ángel Exequiel Gramajo (recurrente).
¿A quién se demanda?
La resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La admisibilidad del recurso de casación para revisar la denegatoria de beneficios de salidas transitorias y semilibertad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto, por considerar que no cumple con los requisitos formales y sustantivos para su tratamiento, y que las cuestiones planteadas no configuran un agravio fundado en la arbitrariedad o en defectos del pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal resaltó que, aunque el recurso fue interpuesto en término, no resulta suficiente para habilitar esta instancia que se dirija contra una resolución en la etapa de ejecución de la pena, sin que exista un análisis de fondo que justifique la revisión. Se verificó que la resolución recurrida analizó los elementos de convicción necesarios y suficientes, y fundamentó su decisión en informes de la autoridad penitenciaria y en un análisis razonado de la situación del condenado. La discrepancia valorativa no constituye un agravio fundado en la arbitrariedad, y las alegaciones de la parte recurrente no lograron conmover los fundamentos del decisorio. La inadmisibilidad fue aprobada por mayoría, con disidencia del juez Hornos, quien opinó que el recurso es formalmente admisible y que debe continuarse con el trámite procesal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: