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Legajo Nº 3 - IMPUTADO: SOSA, CRISTIAN FERNANDO s/LEGAJO DE CASACION

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Cristian Fernando Sosa, confirmando la inadmisibilidad del mismo, dado que las disconformidades alegadas no configuran un agravio federal fundado y que la decisión de la instancia inferior se ajusta a la normativa y doctrina aplicable.

Inadmisibilidad Jurisprudencia Recurso de casacion Derecho penal Riesgos procesales Prision domiciliaria Agravio federal Camara federal de casacion Doctrina judicial. Revision de decisiones


- Quién demanda: Cristian Fernando Sosa (a través de su defensa pública oficial)

¿A quién se demanda?

Cámara Federal de Apelaciones de La Plata y posteriormente la Cámara Federal de Casación Penal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso de casación para obtener la revisión de la decisión que confirmó el rechazo a la prisión domiciliaria

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación rechazó la inadmisibilidad del recurso por considerarlo fallido en demostrar un agravio federal fundado y, por mayoría, declaró inadmisible el recurso, manteniendo la decisión de la instancia inferior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las discrepancias valorativas expuestas por la parte recurrente, más allá de demostrar que no se comparten los fundamentos brindados por la cámara de mérito, no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad (Fallos: 306:362 y 314:451, entre otros), en los graves defectos del pronunciamiento (Fallos: 314:791, 321:1328 y 322:1605), o en alguna cuestión federal o de gravedad institucional (Fallos: 328:1108); por lo que no corresponde la intervención de la jurisdicción de esta Cámara. De las constancias obrantes en el Sistema de Gestión Judicial LEX100 se advierte que, con posterioridad a la decisión aquí recurrida, en fecha 29 de mayo del año en curso, el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal n° 2 de Morón rechazó un nuevo pedido de prisión domiciliaria efectuado in forma pauperis por Cristian Fernando Sosa y fue confirmado por la cámara respectiva el 16 de julio. En virtud de lo expuesto, la cuestión sometida a inspección jurisdiccional en lo que respecta a la confirmación del rechazo de la prisión domiciliaria se ha tornado inoficiosa, por lo que debe declararse."

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