CABRAL OMAR EDUARDO c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que reconoce la derecho a la pensión en favor del causante, considerando que la historia laboral cumple con los requisitos legales y que no se configura captación indebida del beneficio, además de ordenar el cumplimiento del beneficio en 30 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora demanda la percepción de una pensión previsional por parte de la causante.
- La demandada, ANSES, sostuvo que la historia laboral no encuadraba en el decreto 460/99 y cuestionó el plazo de 30 días para el cumplimiento de la sentencia, además de las costas.
- La Cámara consideró que la historia laboral de la causante demuestra solidaridad con el sistema previsional, conforme a los precedentes de la CSJN, y que la regularidad en el cumplimiento de las obligaciones previsionales debe valorarse en función de los lapsos de tiempo trabajados, no siendo imputable falta de solidaridad social.
- La resolución aclaró que el decreto 460/99 remite al requisito de años de servicios establecidos en la Ley 24.241 y que la regularidad de la historia laboral es suficiente.
- En relación al plazo, determinó que, al tratarse de una revocación de acto administrativo y no de cobro de sumas mal liquidadas, no resulta aplicable el plazo del art. 22 de la ley 24.463, por lo que ordenó que en 30 días se otorgue la pensión solicitada.
- Se confirma la sentencia de grado en todos sus términos, incluyendo costas y honorarios.
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