PEDRON, ERNESTO TITO c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que ordenó a OSDE cubrir la internación geriátrica de un afiliado con discapacidad, rechazando los agravios de la obra social y sosteniendo la procedencia de la acción de amparo basada en la normativa de discapacidad y salud.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, E.T.P., demandó a OSDE para que le proporcionara cobertura de internación en un centro geriátrico, alegando discapacidad y necesidad médica. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó la cobertura, considerando la documentación médica y la normativa aplicable. OSDE apeló argumentando que no correspondía la vía de amparo, que la evaluación interdisciplinaria no fue realizada por su parte, y cuestionando la extensión de la cobertura. La Cámara sostuvo que la acción de amparo es procedente por el alcance de la protección constitucional y legal de las personas con discapacidad, y que la documentación médica acreditaba la necesidad de internación. Además, se desestimaron los agravios respecto a la evaluación, la inscripción del prestador y la normativa de contratación. La sentencia final confirmó la decisión de primera instancia, imponiendo las costas a la demandada vencida y regulando honorarios a los profesionales intervinientes, en atención a la complejidad del caso y la protección del derecho a la salud y discapacidad del actor.
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