L., N. M. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA N° 19362 (IPP 03-01-003328-23) UFIJ N° 8 (JEP 19398)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Dolores revoca la resolución que denegaba beneficios penitenciarios y concede la Libertad Asistida a López Néstor Martin, fundamentando la decisión en la evaluación favorable del informe técnico-criminológico y la conducta carcelaria del condenado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Dolores analiza el recurso de apelación presentado por la defensora de López Néstor Martin contra la resolución del señor juez de ejecución que denegaba la libertad asistida y las salidas transitorias. La apelante arguye que la decisión infringe el derecho constitucional a la fundamentación mínima (art. 18 CN, art. 171 de la Constitución Provincial) y que se ha obviado el informe favorable del Departamento Técnico Criminológico, que recomienda la viabilidad del beneficio. Además, destaca que López Néstor Martin ha cumplido con buen comportamiento carcelario, aguardando solo unos meses para el cumplimiento de la pena y que ha manifestado una visión crítica respecto a su delito, además de contar con un domicilio fijo y apoyo familiar. La sentencia de la Cámara, tras analizar los informes y antecedentes, concluye que no existen razones válidas para apartarse del informe favorable y que la conducta del penado y los informes técnicos justifican la concesión de la libertad asistida. Fundamentos principales: "El informe del Departamento Técnico Criminológico de la Unidad Penal 37 de Barker posee un dictamen favorable respecto a la viabilidad del beneficio, fundamentado en la conducta ejemplar, la ausencia de sanciones disciplinarias, y la evaluación positiva del proceso de encierro. Además, el informe destaca que el penado aguarda por un cupo para acceder a espacios educativos, culturales y capacitatorios, lo cual refuerza la viabilidad del beneficio. La negativa del tribunal de primera instancia no encuentra respaldo en los informes técnicos ni en la conducta del condenado, y se configura una omisión de las garantías constitucionales a la fundamentación mínima." Votos: El voto mayoritario del tribunal propone hacer lugar a la apelación y otorgar la libertad asistida, revocando la resolución de denegatoria. Los jueces acompañantes adhieren a este criterio. En conclusión, la Cámara revoca la resolución que negó el beneficio, considerando que la evaluación favorable del informe técnico, sumada a la conducta del condenado, justifican la concesión de la libertad asistida en favor de López Néstor Martin, con las medidas de protección y seguimiento correspondientes.
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