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BUZZO JUAN PABLO C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La Cámara dictó sentencia favorable a Juan Pablo Buzzo, condenando a la aseguradora a pagar $1.134.727,14, actualizados con RIPTE y con intereses del 6% anual, además de declarar la inconstitucionalidad de varias normas legales y del DNU 669/19. La decisión se fundamenta en la existencia del accidente laboral y el nexo de causalidad, y en la inaplicabilidad de normas derogadas o inconstitucionales.

Ley de riesgos del trabajo Indemnizacion laboral Accidentes de trabajo Reajuste de condena Inconstitucionalidad normativa Decreto 669/19 Actualizacion monetaria ripte


- Quién demanda: Juan Pablo Buzzo, trabajador de Unilever de Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Asociaciónart S.A. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente laboral ocurrido el 13/08/2019, por secuelas físicas y psicológicas y una incapacidad del 16.30%, calculada en $1.134.727,14, más intereses y actualización.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, condenando a la aseguradora a pagar la suma determinada, actualizada con RIPTE y con interés del 6% desde la primera manifestación invalidante. Además, se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 (texto ley 25.561), art. 12 de la ley 24.557 y del DNU 669/19, por considerar que estas normas vulneran principios constitucionales y el debido proceso legal. La sentencia fundamenta que la normativa en crisis fue dictada sin circunstancias de emergencia que la habiliten, y que su aplicación produce efectos confiscatorios y vulnera derechos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La relación laboral y el siniestro están acreditados por las constancias del expediente y la respuesta de AFIP. El dictamen pericial concluyó una incapacidad del 16.30% con nexo causal adecuado, que justifica la indemnización. La normativa cuestionada, especialmente el art. 7 de la ley 23.928, es inconstitucional por desnaturalizar el sistema legal, desconoce principios de razonabilidad y viola derechos constitucionales. La aplicación de la ley 27.348 y el índice RIPTE para actualización son válidos, pero las normas prohibitivas deben ser declaradas inconstitucionales para garantizar la tutela efectiva del derecho. La sentencia incluye la condena y regula intereses, costas y honorarios profesionales.

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