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CASAGRANDE ALESIS DANIEL C/ PROVINCIA ART Y OTRO/A S/ACCIDENTE

La sentencia fue favorable al actor, condenando a las demandadas a pagar una indemnización por accidente laboral, tras analizar la acreditación del siniestro, la responsabilidad objetiva por riesgo de la cosa y la responsabilidad de la aseguradora por incumplimiento en la cobertura.

Responsabilidad civil

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Alesis Daniel Casagrande demandó por daños y perjuicios tras sufrir un accidente laboral ocurrido el 04/05/2012 en circunstancias relacionadas con el traslado en la parte trasera de un camión municipal, evento aceptado por la ART y la Municipalidad. La sentencia reconoce que el accidente ocurrió en ocasión del trabajo, en condiciones potencialmente riesgosas, y que el daño fue acreditado mediante informes médicos y periciales. La responsabilidad de la Municipalidad se fundamenta en la responsabilidad objetiva por riesgo, dado que el traslado en la caja del camión se considera actividad inherentemente riesgosa. La aseguradora, Provincia ART S.A., fue también responsable por su omisión en el cumplimiento de deberes preventivos, en tanto aceptó y pagó prestaciones, y su responsabilidad se limita a la cobertura del porcentaje de incapacidad reconocido. La sentencia declara la inconstitucionalidad del art. 39 inc. 1 de la Ley 24.557, por considerar que no resarce adecuadamente el daño del trabajador, y fija una indemnización total de $22.966.181,08, con intereses y costas en función del carácter solidario de la condena. La condena se realiza en base a una valoración de la responsabilidad objetiva en el marco del art. 1113 del Código Civil derogado, y a la protección constitucional y convencional del trabajo y la propiedad. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "En mérito al resultado de la votación por MAYORIA que antecede, el TRIBUNAL DE TRABAJO NRO. 4 DE GRAL. SAN MARTIN, RESUELVE: Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. Alesis Daniel Casagrande, condenando solidariamente a la Municipalidad de General San Martín y a Provincia ART S.A. a pagarle la suma de $22.966.181,08, actualizada, en concepto de daños materiales y daño moral, con intereses desde el siniestro y por las tasas establecidas. La responsabilidad de la Municipalidad se fundamenta en la responsabilidad objetiva por riesgo, por el traslado en la caja del camión en movimiento, actividad inherentemente riesgosa, y en la responsabilidad de la ART por incumplimiento de deberes preventivos, dentro del marco del contrato de seguro. La inconstitucionalidad del art. 39 inc. 1 de la Ley 24.557 fue declarada por vulnerar derechos constitucionales y convencionales, por lo que se dispuso su inconstitucionalidad en el caso concreto."

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