AIRES FACUNDO NAHUEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El Tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral y dispuso el cumplimiento de diversos aspectos procesales y honorarios. La decisión se fundamenta en que la conciliación no vulnera orden público y satisface derechos e intereses de las partes, homologándose en los términos acordados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Facundo Nahuel Aires contra Federación Patronal Seguros S.A.U. para homologar un acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes. La Cámara de Trabajo evaluó que la conciliación no viola principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses. La homologación fue aprobada en los términos expresados por las partes, considerando además aspectos relacionados con el cumplimiento de obligaciones fiscales, honorarios profesionales, y obligaciones a cargo de la aseguradora y el actor. La sentencia también regula aspectos relacionados con la comunicación a la ART, la transferencia de fondos, el depósito judicial y la notificación de honorarios, y establece las costas y regulaciones correspondientes. Los fundamentos principales se basan en que la conciliación resulta adecuada y conforme a la normativa vigente, y que no existen impedimentos para su homologación, con énfasis en que la misma respeta los principios de orden público y los derechos de las partes.
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