MARTINEZ CRISTALDO ROSALVA C/ DACAL BIENES RAICES SA S/ DESPIDO
La homologación de acuerdo conciliatorio por despido, con pago de $12.000.000 en cinco cuotas, fue aprobada por el tribunal, considerando que la conciliación cumple con los principios de orden público y garantiza la celeridad procesal, sin vulnerar derechos ni principios constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Rosalva Martinez Cristaldo, demanda a la sociedad DACAL BIENES RAICES SA por despido. El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en el que la demandada se compromete a pagar $12.000.000 en cinco cuotas mensuales, comenzando el 22/08/2025. La decisión se fundamenta en que la conciliación no vulnera principios de orden público, y constituye una forma válida de concluir el proceso, promoviendo la celeridad y eficiencia del trámite judicial. Los jueces consideran que la homologación es procedente porque el acuerdo satisface los requisitos del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y no existe vulneración de derechos ni principios constitucionales. “La conciliación arribada entre las partes el día 05/08/2025 en la audiencia de vista de la causa, no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT.”. Se destacan además las condiciones de pago, costas a cargo de la parte demandada, y regulación de honorarios y aportes previsionales. No se mencionan votos disidentes.
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