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SANCHEZ LEANDRO EZEQUIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La sentencia de primera instancia condenó a Provincia ART SA a pagar una indemnización por incapacidad y a brindar tratamiento psicológico, además de declarar la inconstitucionalidad del decreto 669/19 y ordenar la actualización de los intereses según tasa activa del Banco Nación.

Tratamiento psicologico Intereses Indemnizacion Incapacidad permanente Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Art Ley 27.348 Responsabilidad. Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Leonardo Ezequiel Sánchez, demandó a Provincia ART SA reclamando indemnización por accidente laboral ocurrido el 22/11/2022, en el que sufrió traumatismos en columna cervical y lumbar, resultando en una incapacidad física del 16% y psíquica del 12%, que el tribunal ajustó a un 6% para efectos de cálculo. La causa se basó en que Sánchez trabajaba para la Municipalidad de Lomas de Zamora en relación de dependencia y que el accidente ocurrió en circunstancias probadas mediante pericia y expediente SRT. La sentencia condenó a la ART a pagar la suma de $ 2.833.843,14, actualización desde la fecha del siniestro y a brindar tratamiento psicológico por dos años, con las características señaladas. Además, declaró la inconstitucionalidad del decreto 669/19 por considerarlo inconstitucional por violar el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, y rechazó los planteos de inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928 y del artículo 12 de la ley 24.557. La resolución también ordenó costas y estableció el modo de pago. Fundamentos principales: El tribunal consideró acreditado que el actor trabajaba en relación de dependencia para la Municipalidad de Lomas de Zamora, acreditado con pericia contable y expediente SRT. Respecto al accidente, se determinó que ocurrió en la fecha y circunstancias narradas en demanda, con prueba suficiente para su aceptación. La incapacidad física y psíquica se valoró en un 17,76% y 12% respectivamente, ajustando el porcentaje psíquico en base a la posibilidad de remisión. La suma indemnizatoria, tras actualización y cálculo, asciende a $ 2.833.843,14. La declaración de inconstitucionalidad del decreto 669/19 se fundamentó en que viola principios constitucionales y tratados internacionales, siendo además inconstitucional por afectar derechos de los trabajadores. La obligación de brindar tratamiento psicológico fue establecida en función de la recomendación pericial y del marco legal.

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