RAMOS JORGE DANIEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en una demanda por reclamos laborales, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal. La decisión contó con voto mayoritario, ya que uno de los jueces rechazó la homologación por insuficiencia de elementos objetivos en el acuerdo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Daniel Ramos, promovió una demanda contra la Federación Patronal Seguros S.A.U por una controversia laboral. Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio presentado el 15/05/2025. La jueza Cáceres consideró que la conciliación no vulnera principios de orden público y que contribuye a la celeridad procesal, especialmente en cuestiones de índole alimentaria, y además, que la multa pactada resulta proporcional. Los fundamentos principales expresaron: "la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos." La otra magistrada, Triemstra, rechazó la homologación por considerar que no se produjeron los elementos objetivos necesarios para asegurar una justa composición de los derechos, dado que no se produjo la pericia médica prevista en la ley 15.057, y expresó: "considero la insuficiencia de elementos objetivos que me lleven a considerar que en el acuerdo arribado por las partes se ha constituido unas justa composición de los derechos e intereses de las partes." La mayoría del tribunal resolvió homologar el acuerdo, imponiendo costas a cargo de la demandada y regulando honorarios profesionales en función de los montos y la importancia del proceso, además de establecer las formas y plazos para la acreditación de pagos y el pago de tasas de justicia.
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