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PORRASO ANA MARIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaración de herederos por fallecimiento de ANA MARIA PORRASO y reconocimiento de la sucesión ab intestato a favor de sus hijos y cónyuge. La Cámara declara la herencia y dispone la publicación y documentación necesaria para la inscripción de la misma, fundamentando la validez de los certificados y requisitos legales.

Sucesion ab intestato Declaracion de herederos Juicio sucesorio Herederos universales Ley 26.994 Publicacion edictos Certificados de defuncion y matrimonio Herederos hijos y conyuge Documentacion legal Requisitos inscripcion

¿Qué se resolvió en el fallo?

El expediente corresponde a la declaración de herederos por fallecimiento de ANA MARIA PORRASO, ocurrido el 02/11/2023, y el reconocimiento de sus hijos y cónyuge como herederos en carácter de universales herederos. La sentencia fundamenta que se acreditó su defunción, matrimonio y descendencia mediante certificados y documentación adjunta. Se declara que ANA MARIA PORRASO y ANA MARIA PORRASO DE CRUZ son la misma persona, así como RODOLFO RENE CRUZ y RODOLFO RENEE CRUZ, en conformidad con el art. 384 C.P.C.C. La publicación de edictos, sin resultado negativo, cumple con los requisitos legales. La declaración de herederos se realiza en los términos del art. 2433 del Código Civil y Comercial según Ley 26.994, y se ordena el dictado de las inscripciones y documentación para la sucesión. La resolución también indica los requisitos para la inscripción de la sucesión, entre ellos certificados de inhibición, dominio, libre cesión, y pago de tasas, además de la presentación de declaración jurada patrimonial y tributos correspondientes.

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