PALAVECINO MARCOS C/ GAIGA CHACON PABLO ARIEL NICOLAS Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La homologación del acuerdo entre las partes por la suma de $5.250.000 y regulación de honorarios. La Cámara aprobó en su totalidad el convenio y los honorarios, respaldando la validez de la regulación y eximiendo al letrado de presentar en papel los documentos electrónicos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor demanda la homologación de un acuerdo alcanzado con la parte contraria, respecto de una suma total de $5.250.000. El tribunal, atento a lo solicitado y a lo dispuesto por el art. 308 del C.P.C.C., decide homologar en su totalidad el acuerdo, que incluye la suma mencionada y la regulación de honorarios. La decisión también regula los honorarios de los abogados Nicolás Sebastian, Francisco José Cataldo y Joaquin Guerrero, así como del mediador Dra. Carlos Alberto Guerrieri y la perito Daiana Noely Danzi, estableciendo los montos en IUS y en pesos, respectivamente. Se exime a las partes de presentar en papel los documentos electrónicos y se ordena notificación y registro de copia. La resolución se fundamenta en el artículo 54 de la Ley 14.967, que regula la notificación de honorarios, y en el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales del acuerdo.
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