CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PSICOLOGOS DE LA PROVINCIA DE B C/ SOSA NATACHA YAMILA ANTONELA S/ APREMIO
La Cámara admite la recusación sin causa presentada en el expediente y ordena su tramitación, dando de baja de los Libros de Secretaría y remitiendo los autos al juez correspondiente. La decisión se fundamenta en la normativa procesal y en la solicitud del actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, la Caja de Seguridad Social para los Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires, solicita la recusación sin causa del juez en el marco del expediente N° 57963, que tiene por objeto un apremio contra Sosa Natacha Yamila Antonela. La Cámara, tras analizar la petición, decide admitirla y disponer su tramitación, ordenando que los autos sean remitidos al juez correspondiente. La resolución se fundamenta en los arts. 14 y 16 del C.P.C., y en la normativa aplicable a la recusación sin causa. La resolución no presenta disidencias y concluye con la orden de notificación y registro de copia, sin determinar si la decisión implica una modificación o confirmación de actuaciones previas.
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