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CACERES, MARIA INES DEL CORAZON DE JESUS c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Federal de Apelaciones confirma la declaración de inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y ordena la devolución de las sumas retenidas desde el 1 de enero de 2021, manteniendo el fallo de primera instancia en la parte que favorece a la actora.

Recursos de apelacion Inconstitucionalidad Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Jubilados Devolucion de retenciones Ley 20.628 Constitucionalidad. Ley 27.617 Ley 27.725

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, María Inés del Corazón de Jesús Cáceres, promovió demanda contra la AFIP por inconstitucionalidad de artículos de la ley 20.628 que justifican la aplicación del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales.
- La primera instancia declaró la inconstitucionalidad de dichas normas y ordenó cesar la aplicación del impuesto y devolver las sumas retenidas desde el 1 de enero de 2021, más intereses.
- La AFIP apeló, alegando que la sentencia fue dictada con posterioridad a la publicación de la ley 27.617 y que no se consideró la Ley 27.725; también cuestionó la vía procesal y la antigüedad de los reclamos.
- La Cámara, citando doctrina del precedente “García, María Isabel”, y considerando la vulnerabilidad de la actora, confirmó la declaración de inconstitucionalidad y la devolución de las retenciones, en línea con precedentes similares.
- La sala dispuso que la devolución comprenda todas las sumas retenidas desde el 1 de enero de 2021, con intereses desde la interposición de la demanda, aplicando las tasas correspondientes, y distribuyó las costas en el orden causado.
- Se desestimaron los agravios de la AFIP en lo sustancial, exceptuando lo referido a los intereses, que fueron reconocidos y regulados en favor de la actora.

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