CALLEJA, GUILLERMO JULIO c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la reducción de honorarios del letrado en el proceso de conocimiento.
- Quién demanda: no especificado en la sentencia.
¿A quién se demanda?
no especificado en la sentencia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reducción de honorarios del letrado Daniel Dante Leonardi en el proceso judicial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara redujo los honorarios a la suma de 4,11 UMA (equivalente a $305.685,36), en línea con la naturaleza del asunto y la etapa procesal. La resolución también aclaró que la regulación debe ser cancelada conforme a la ley 27.423 y que no incluye IVA, que deberá adicionarse si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate —conf. liquidaciones aprobadas el 6.07.2023 y el 26.11.2024—; y la importancia de la cuestión debatida —fondo— y la calidad y eficacia de las labores desarrolladas en la única etapa efectivamente cumplida del proceso, habida cuenta que la causa fue declarada como de puro derecho el 22.03.2022, ante primera instancia, corresponde REDUCIR a la cantidad de 4,11 UMA —equivalentes a la suma de $305.685,36— los honorarios del doctor Daniel Dante Leonardi quien actuó como letrado patrocinante de la parte actora." Además, se dispuso que "la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que ―en su caso― deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional interviniente frente al citado tributo." "El tribunal consideró que los honorarios deben ajustarse a la etapa procesal y la naturaleza del asunto, valorando la labor efectiva del letrado y la trascendencia económica de la causa, ajustándose a los parámetros legales aplicables."
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