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MASLAUSKAS, IVONE ESTER c/ CPACF (EX 33306/23) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirma la sanción disciplinaria impuesta a la abogada Ivone Ester Malauskas, rechazando los agravios y manteniendo la multa de un millón de pesos, por incumplimiento del deber de lealtad y confidencialidad en la actuación profesional.

Recurso de apelacion Abogado Incumplimiento Sancion disciplinaria Confidencialidad Lealtad Disciplina Etica profesional Ley 23.187 Art. 15


¿Quién es el actor?

Ivone Ester Malauskas

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso contra la sanción disciplinaria de multa de $1.000.000 impuesta por el Tribunal de Disciplina

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la apelación y se confirma la multa impuesta por el Tribunal de Disciplina, considerando que la conducta de la abogada vulneró el deber de lealtad y confidencialidad, en línea con el art. 15 del Código de Ética y los arts. 6°, inc. e, de la ley 23.187 y 10, inc. a, del mismo código.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara afirmó que la sanción se fundamenta en la comprobación objetiva del incumplimiento del deber de lealtad, sin que exista vulneración del derecho a la defensa ni arbitrariedad. La conducta consistió en presentar un acuerdo de alimentos sin intervención previa de los abogados de la contraparte, en contravención del art. 15 del Código de Ética, y la prueba y la valoración del Tribunal de Disciplina fueron adecuadas. La apelante no logró acreditar causas eximentes ni que la conducta fuera producto de un error o circunstancia justificada. La decisión respeta la potestad del órgano disciplinario y no constituye una vulneración constitucional.

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