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REQUERIDO: LOARTE ACEVEDO, CARLOS HASSAN s/EXTRADICION

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Carlos Hassan Loarte Acevedo, por carecer de carácter de sentencia definitiva y por no presentar un agravio federal habilitante, en un proceso de extradición, confirmando la decisión de no hacer lugar a la solicitud de instrucción suplementaria y citación a juicio del Asesor de Menores.

Interes superior del nino Cuestion federal Inadmisibilidad Recurso de casacion Impugnabilidad Intervencion del asesor de menores Proceso de extradicion Ley 24.767 Ley 26.082 Camara de casacion. tip

Quién demanda: La defensa oficial de Carlos Hassan Loarte Acevedo.

¿A quién se demanda?

A la resolución del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Federal nro. 2 de Lomas de Zamora, que dispuso no hacer lugar a la solicitud de instrucción suplementaria y citación a juicio del Asesor de Menores.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de nulidad del pronunciamiento impugnado y el dictado de una nueva resolución que incorpore, en calidad de parte, al Asesor de Menores, por considerar que se vulneraba el interés superior del niño en el contexto del proceso de extradición.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto, por considerar que no cumple con los requisitos de impugnabilidad objetiva previstos en el artículo 457 del CPPN, y que además no existe una cuestión federal que habilite la vía casatoria en procesos de extradición, confirmando la decisión del tribunal de grado. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal explicó que la decisión de rechazar la prueba no cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva, ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena. Además, recordó que la ley 24.767 y el Código Procesal Penal de la Nación no prevén la vía casatoria contra decisiones en procedimientos de extradición, sino que la impugnación se realiza mediante recurso de apelación ante la Corte Suprema. También se destacó que las cuestiones relacionadas con la intervención del Asesor de Menores en el proceso de extradición representan una cuestión federal fundada en el interés superior del niño, que habilita la intervención de esta Cámara, pero que la cuestión planteada no logra configurar un agravio federal suficiente para habilitar la casación. Por último, se remarcó que la discrepancia en la valoración de las circunstancias no configura un agravio de arbitrariedad ni un vicio del pronunciamiento que justifique la intervención de la Corte, por lo que se declaró la inadmisibilidad del recurso sin costas.

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