Recurso Queja Nº 120 - IMPUTADO: PÉREZ MIGUEL GASTÓN s/INFRACCION ART. 303
La Cámara Federal de Casación Penal rechaza la queja del recurrente, confirmando la inadmisibilidad del recurso presentado por considerarlo inadmisible por no reunir los requisitos de sentencia definitiva y por no existir cuestión federal de entidad suficiente. La decisión se fundamenta en que las resoluciones impugnadas no ponen fin al proceso ni ocasionan perjuicio irreparable y que la invocación de gravedad institucional carece de sustento.
¿Quién es el actor?
Miguel Gastón Pérez (a través de su defensa)
¿A quién se demanda?
no especificado en el fallo, en el contexto del recurso de queja
- Objeto de la demanda: impugnación de la inadmisibilidad del recurso de casación planteado contra la decisión de rechazar un planteo de nulidad
¿Qué se resolvió?
se declaró inadmisible la queja por no reunir los requisitos de procedimiento y por carecer de cuestión federal de entidad suficiente
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que le señaló el a quo como objeción al recurso que intentó. En efecto, el fallo contra el cual se dedujo la impugnación cuya denegatoria dio lugar a la queja, por su naturaleza y efectos, no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena." "Las resoluciones cuya consecuencia sea la obligación de seguir sometido a proceso criminal no reúnen el requisito de carácter final, ya que no ponen fin al procedimiento sino que, por el contrario, hacen posible su continuación. Tampoco ocasionan un perjuicio de imposible o insuficiente reparación ulterior, más allá del que irroga todo proceso penal." "En el mismo sentido, tiene dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación que las decisiones que admiten o deniegan nulidades, por regla, no constituyen sentencia definitiva." "Por lo demás, no se advierte ni la defensa logra acreditar la existencia de una cuestión federal de entidad suficiente, ni la concurrencia de alguna circunstancia que imponga la habilitación de la competencia de esta Cámara Federal de Casación Penal." "Asimismo, la invocación de gravedad institucional por parte del recurrente carece de fundamento suficiente." "Finalmente, el derecho a la doble instancia se encuentra debidamente garantizado." "En consecuencia, corresponde declarar inadmisible la queja interpuesta por la defensa, con costas."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: