Incidente Nº 1 - ACTOR: MOLINA, ARIEL OSCAR DEMANDADO: EN-M SEGURIDAD-PSA-DTO 836/08 2140/13 s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
La Cámara Federal de Apelación confirma la resolución que fijó honorarios profesionales y aclaró que los importes no incluyen IVA, estableciendo la responsabilidad del beneficiario de depositar el impuesto si corresponde.
- Quién demanda: Dr. Julius A. Lahti Durante, letrado patrocinante de la parte actora.
¿A quién se demanda?
la parte demandada en el incidente de ejecución de sentencia, en el marco del expediente Nº 12556/2022.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
la confirmación de los honorarios fijados en la instancia de grado y la regulación de honorarios por tareas ante esta Sala, incluyendo la aclaración sobre el IVA.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirma los honorarios fijados por la instancia de grado, en 5,02 UMAs equivalentes a $373.367, a cargo de las representadas, y aclara que los importes no incluyen IVA, por lo que el beneficiario debe depositar el impuesto si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En función de la naturaleza, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido por el Dr. Julius A. Lahti Durante, en su carácter de letrada patrocinante y apoderado de la parte actora, corresponde confirmar los honorarios fijados por la instancia de grado el 23/12/2024, toda vez que los mismos han sido practicados conforme a derecho (cfr. arts. 15, 20, 21, 30, 51 y ccdtes de la ley 27423 y Resol. SGA 1687/2025)."
"Asimismo, por las tareas realizadas ante esta Alzada, corresponde FIJAR los honorarios de los profesionales intervinientes en 5,02 UMAs equivalentes -a la fecha del presente
- a $373.367, los cuales se encuentran a cargo de sus representadas, atento la forma en que fueron impuestas las costas en el decisorio dictado por esta Sala el 2/5/2023, cfr. arts. 15, 20, 21, 30, 51 y concordantes de la ley 27.423 y Res. SGA 1687/2025."
"Cabe dejar aclarado que en los importes establecidos previamente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo, que oportunamente realice el beneficiario-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago."
"Se deja constancia de que el Dr. Alemany no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (Art. 109 del R.J.N)."
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