MASELLI, MATIAS ALEJANDRO Y OTRO c/ CARDENAS S.A. EMPRESA DE TRANSPORTES LINEA 126 s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad compartida y la cuantificación de las indemnizaciones por daños y perjuicios en el accidente de tránsito entre Maselli y la empresa de transporte. Se elevan los montos indemnizatorios en aspectos clave y se mantiene la condena en todo lo demás.
¿Quién es el actor?
Matías Alejandro Maselli
¿A quién se demanda?
Cárdenas S.A. Empresa de Transportes Línea 126 y su aseguradora Argos Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros
- Objeto de la demanda: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 26/8/2014, por fractura de pierna, daño material y daño moral.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la responsabilidad compartida en un 50% entre las partes, y modificó la cuantificación de las partidas indemnizatorias, elevando la incapacidad física a $8.500.000, tratamiento médico futuro a $350.000, y lucro cesante a $560.000. Además, confirmó en todo lo demás la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La responsabilidad se atribuyó en partes iguales a ambas partes, considerando la mecánica del hecho, las declaraciones de testigos y los informes periciales. Se valoró la conducta del conductor del colectivo y del motociclista, concluyendo que ambos coadyuvaron en la producción del daño. La valoración de las partidas indemnizatorias se ajustó por la evolución de los valores económicos y la gravedad de las lesiones, teniendo en cuenta la edad y situación personal del actor, así como las secuelas físicas y psíquicas. La responsabilidad es compartida, pero en proporciones iguales, dada la mecánica del hecho y las pruebas recabadas.
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