Logo

BOEHRINGER INGELHEIM SA c/ EN - AFIP - DGA - SIGEA 13289/10997/2018 s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso de apelación de AFIP y confirmó la sentencia que favoreció a Boehringer Ingelheim SA en materia de exención tributaria por importación de medicamento.

Exencion tributaria Importacion de medicamentos Ley 25.590 Pramipexol Interpretacion normativa Principios activos Beneficios fiscales Recurso de apelacion Camara federal Afip.


- Actor: Boehringer Ingelheim SA
- Demandado: AFIP-DGA
- Objeto de la demanda: Reclamación por devolución de $156.979,54 en derechos de importación abonados, en concepto de pramipexol.
- Decisión del tribunal: La Cámara revocó la resolución administrativa y ordenó la devolución, sosteniendo que el medicamento "Sifrol" está incluido en la ley de emergencia sanitaria y exento del pago de tributos.
- Fundamentos principales: La sentencia analizó la normativa vigente, destacando que la ley 25.590 beneficia con la exención tributaria a la importación del pramipexol sin distinciones ni excepciones. La interpretación de la Aduana, que limita el beneficio a ciertos productos, contraviene la intención legislativa y vulnera el principio de legalidad tributaria. La postura del Fisco, que intenta limitar la exención a principios activos específicos, fue considerada incorrecta y contraria a precedentes similares, donde se concluyó que "las normas involucradas claramente benefician con la exención tributaria consagrada en la ley 25.590 a la importación del pramipexol". La sentencia enfatiza que "el medicamento ‘Sifrol’, comercializado por la actora, está incluido dentro de la ley de emergencia sanitaria y, por tanto, está exento del pago de los tributos". La posición del Fisco, que restringe la exención a ciertos principios activos, fue rechazada por considerar que ello vacía de contenido la norma y contradice la normativa vigente. La sentencia también señala que "la interpretación que hace la autoridad aduanera limita el alcance de los beneficios reconocidos en la Ley Nº 25.590", y que "el producto denominado Sifrol se trata de un derivado del pramipexol, y no únicamente pramipexol, como exige la ley para gozar de la exención tributaria". La Cámara concluye que "las normas benefician con la exención a la importación del pramipexol sin efectuar distingos, discriminaciones, limitaciones ni excepciones", y que "la sentencia en primera instancia acertadamente ordenó la devolución de la suma abonada por derechos de importación". La apelación del Fisco fue desestimada y se confirmó la sentencia de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar