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La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala II confirmó la decisión que declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra una resolución que fue inapelable por monto. La resolución consideró que el monto en cuestión, al momento de la presentación, no superaba el límite legal para ser apelable, por lo que la apelación fue rechazada y la sentencia quedó firme. La decisión se fundamenta en que la norma del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, ajustada por la Acordada n° 10/2024, establece que las sentencias definitivas no son apelables cuando el monto no supera los $2.100.000, y en este caso, el monto adeudado es de $628.234,4. La Cámara explicó que la apelación fue presentada fuera del plazo y monto de inapelabilidad, por lo que corresponde su rechazo, confirmando la sentencia de primera instancia.

Recurso de apelacion Inapelabilidad por monto Competencia jurisdiccional Camara contencioso administrativo federal Normativa 242 cpccn Acordada 10/2024 Limites de apelacion Sentencia firme Proceso administrativo Liquidacion.


- La parte actora promovió un recurso de apelación contra una resolución del 25/04/2025.
- La resolución rechazó la liquidación practicada y ordenó una nueva, considerando los intereses y el cómputo del interés desde la fecha de cierre de la liquidación.
- La parte actora interpuso recurso de apelación el 8/05/2025 y presentó su memorial el 20/05/2025.
- La Cámara revisó la procedencia del recurso, su alcance y la inapelabilidad por monto, que en este caso, por ser inferior a $2.100.000, corresponde a inapelabilidad.
- La Cámara concluyó que el monto adeudado, $628.234,4, no supera el límite legal, por lo que la apelación fue rechazada por inapelabilidad.
- La decisión se fundamenta en que la normativa vigente en la fecha de presentación del recurso, ajustada por la Acordada 10/2024, establece ese límite.
- La Cámara afirmó que la cuestión de la competencia y jurisdicción corresponde a la instancia de origen y no puede ser revisada en esta instancia.
- La sentencia fue confirmada, y se dispuso el rechazo del recurso de apelación.

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