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EN - M DESARROLLO PRODUCTIVO c/ TELECENTRO SA s/PROCESO DE EJECUCION

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó los honorarios regulados en la sentencia de primera instancia, reduciendo la suma a $148.752 por honorarios de la Dra. Noelia Kelber y manteniendo los de las Dras. De Dios y Bruñini, en atención a la naturaleza y trascendencia del proceso.

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La Cámara Contencioso Administrativo Federal resolvió sobre los honorarios regulados en un proceso de ejecución en el expediente 60143/2022/CA1 "EN – M DESARROLLO PRODUCTIVO c/ TELECENTRO SA". La resolución reduce a $148.752, equivalente a 2 UMA, los honorarios de la Dra. Noelia Kelber y confirma los honorarios de las Dras. Daniela Inés De Dios y Lucia Bruñini, quienes actuaron por la parte actora. La decisión se fundamenta en la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, la trascendencia económica, el monto del proceso, y el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en primera instancia. Además, se recuerda que la regulación debe pagarse conforme a lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423 y que no incluye el IVA, monto que debe añadirse en función de la situación de los profesionales frente a ese tributo. La resolución fue firmada por los jueces Jorge Eduardo Morán y Sergio G. Fernández, y se ordenó devolver los autos a la instancia de origen para notificación.

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