VILLARROEL MARTIN ALBERTO y otros C/ CUBA TORREZ RENE ARMANDO Y CRIPIAN BARRIENTOS ZAGARDIA S.H. y otros S/MATERIA A CATEGORIZAR
La sentencia declara la caducidad de instancia en un proceso por inactividad procesal después de más de seis meses sin impulso. La decisión se basa en el artículo 11 de la ley 15.057, y las costas se imponen a la actora conforme a lo previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo. Además, se regula la honorificación del Dr. Juan José Vacarezza, adicionando el 10% de aporte legal e IVA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal del Trabajo Nº 6 de Avellaneda Lanús resolvió declarar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones, por inactividad superior a seis meses sin que se impulsara el trámite, en virtud de lo dispuesto por el artículo 11 de la ley 15.057. La intimación a las partes fue notificada el 9 de junio de 2023, y tras el vencimiento de los plazos legales, se dispuso la caducidad. La sentencia señala que, "transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso este Tribunal, intimó a las partes a producir actividad procesal útil bajo apercibimiento de declarar operada la caducidad de instancia". La decisión fue acompañada por los votos concurrentes de los jueces que integran la Sala, quienes compartieron los fundamentos y votaron en igual sentido. Se dispuso también que las costas sean soportadas por la actora y se regularon los honorarios del letrado, adicionando el 10% de aporte legal e IVA.
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