ANDRADA PATRICIA CRISTINA C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Homologación del acuerdo conciliatorio en reclamo por accidente de trabajo, confirmando la validez del mismo y estableciendo las condiciones de pago y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, ANDRADA PATRICIA CRISTINA, y la parte demandada, ASOCIART S.A., arribaron a un acuerdo conciliatorio por un monto de $3.500.000 en relación a un accidente de trabajo. El tribunal consideró que el convenio no vulnera normas de orden público y se ajusta a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, homologándolo con fuerza de cosa juzgada. La resolución también regula costas, tasas, honorarios profesionales y condiciones de pago, incluyendo la aceptación de la cláusula penal y la mora automática. El tribunal destacó la ratificación personal de la actora y la adecuación del acuerdo a los dispositivos legales aplicables, concluyendo que la homologación preserva los derechos de las partes y garantiza la ejecución del acuerdo. Fundamentos principales: "atento las constancias de autos, la incapacidad del 4,6% que surge del dictamen pericial y analizando el convenio acompañado por aquellas ut supra referido, y la ratificación personal efectuada por la parte actora, el día 18/07/2025, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." "El acuerdo conciliatorio, que ha sido ratificado por la actora, cumple con los requisitos de validez y legitimidad previstos en la legislación laboral y procesal, y por ello procede su homologación."
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