SICCARDI HERNAN EZEQUIEL C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El tribunal homologó un acuerdo entre las partes en un expediente laboral por accidente in-itinere, eximiendo a las partes del pago de impuestos y tasas, y ordenando depósitos y regulación de honorarios. La decisión se fundamenta en la equidad y la ausencia de violaciones de derechos protegidos por el orden público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Hernán Ezequiel Siccardi, demanda a Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. en relación con un accidente in-itinere. El tribunal, tras analizar el acuerdo alcanzado el 30 de julio de 2025, decide homologarlo, considerando que los derechos de las partes están equilibrados y que no existen violaciones de orden público. La resolución incluye la exención del pago de impuestos y tasas, la regulación de honorarios profesionales y periciales, y la orden de depósito de las sumas correspondientes en una cuenta bancaria acreditada. Además, se instruye a las partes y al Banco de la Provincia de Buenos Aires sobre las formalidades de los depósitos y la acreditación de fondos, garantizando la correcta ejecución del acuerdo y la protección de los derechos del trabajador. La decisión se fundamenta en los artículos 12, 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y leyes complementarias, destacando que la homologación del acuerdo es procedente dada la equidad y la ausencia de derechos vulnerados, y que la misma no implica una modificación sustancial del fallo de primera instancia, sino la ratificación del acuerdo transaccional alcanzado.
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