VERON CARLOS WALTER C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El tribunal regula los honorarios profesionales del abogado Carlos Walter Veron por su actuación en el expediente administrativo y judicial en representación del actor. La decisión ratifica la regulación de honorarios y confirma la negativa de la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, el Dr. Carlos Walter Veron, promovió demanda para la regulación de honorarios por su labor en representación de la señora Elizabet Alejandra Martinez en un expediente administrativo relacionado con rechazo por enfermedad no listada ante la Comisión Médica Jurisdiccional de San Isidro. La Administración sanitaria dictaminó que no se acreditó causalidad entre la enfermedad y la actividad laboral, y archivó las actuaciones. La demandada, Prevención A.R.T., rechazó el planteo y planteó excepción de falta de legitimación pasiva, la cual fue rechazada por el tribunal. La normativa aplicable, incluyendo la ley 27.348 y la resolución SRT 298/17, establece que los honorarios del letrado en estos procedimientos son de cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo, y que la actuación del abogado es siempre oficiosa, sin necesidad de reconocimiento previo de la pretensión del trabajador. El tribunal valoró las constancias, la normativa, y la labor desarrollada por el profesional, y reguló los honorarios en la suma de 3 jus arancelarios por la actuación en la instancia administrativa y 7 jus arancelarios por la actuación en sede judicial, más aportes de ley e IVA si corresponde. Además, impuso costas a la demandada y ordenó el depósito de los honorarios en el Banco Provincia. La apelación fue presentada por la parte demandada, y el tribunal confirmó la decisión de primera instancia en todos sus términos.
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