ZUPI MARIANA JULIETA C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral. La Cámara homologó la conciliación y resolvió aplicar costas a la demandada, además de regular honorarios y tasas correspondientes, considerando la naturaleza salarial de la tasa de justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Mariana Julieta Zupi, promovió una acción laboral contra Federación Patronal Seguros SAU, reclamando un acuerdo conciliatorio. La sentencia homologó el acuerdo, considerando que lo pactado cumple con los requisitos legales, sin afectar derechos del trabajador ni disposiciones de orden público. El tribunal destacó que la facultad judicial de eximir costas es excepcional y que en este caso no concurren las condiciones para ello, por lo que se impusieron costas a la demandada. Asimismo, se regularon honorarios profesionales y tasas judiciales, incluyendo la tasa retributiva de servicios judiciales y contribución adicional, explicando la naturaleza remuneratoria de dichas tasas dada su destino salarial. La resolución precisó la intimación a la parte demandada para el pago de dichas tasas en el plazo de diez días, bajo apercibimiento. La homologación fue dictada en los términos del acuerdo alcanzado por las partes, con fundamento en la legalidad del pacto y en la ausencia de circunstancias excepcionales que justifiquen la exención de costas.
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