PARDO DIEGO MIGUEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral, disponiendo además el pago de costas a la demandada y el depósito de tasas judiciales, considerando que el pacto cumple con los requisitos legales y no afecta derechos de orden público, reafirmando la naturaleza remuneratoria de la tasa de justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El expediente N° 56434, tramitado en el Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata, tiene por objeto la homologación de un acuerdo conciliatorio entre Diego Miguel Pardo y Federación Patronal Seguros S.A.U. La sentencia, dictada por los jueces Vigliaro; Bordino; Marcasciano, homologó el acuerdo y dispuso la aplicación de costas a la demandada, además de regular los honorarios de los profesionales intervinientes. La resolución fundamenta que lo pactado libremente por las partes cumple con los requisitos legales y que no implica renuncias a derechos del trabajador ni afecta disposiciones de orden público. Se señala que la facultad judicial de eximir costas es excepcional y que en este caso no concurren las condiciones para ello, dado que "lo pactado cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las partes" y que "el destino salarial que contempla la Ley 11.594, debe concluirse con la naturaleza remuneratoria que evidentemente conlleva la tasa de justicia". Además, se intimó a la parte demandada a depositar las tasas judiciales correspondientes en diez días, bajo apercibimiento, y se reguló el pago de honorarios profesionales. La resolución fue votada en unanimidad, confirmando la homologación del acuerdo.
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