PALACIOS GIMENA NOEMI C/ EXPERTA ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El Tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un accidente de trabajo, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal. Votaron a favor la primera y segunda magistrada, y el disidente fue el Dr. Triemstra, por insuficiencia de elementos objetivos para la homologación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Gimena Noemi Palacios, demandó a la empresa Expert Art S.A. por un accidente de trabajo. El tribunal analizó una conciliación arribada entre las partes, presentada el 18/07/2025, y consideró que no vulnera principios de orden público, además de que promueve la celeridad en los procesos, especialmente en cuestiones alimentarias y créditos reclamados en autos. La magistrada Cáceres fundamentó que la conciliación constituye una justa composición de derechos e intereses, y que la multa pactada en caso de incumplimiento resulta proporcional al monto conciliado, conforme a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), y arts. 790 y ccdts del CCC. El voto del Dr. Valcarce se adhirió a estos fundamentos. Por su parte, el Dr. Triemstra, disidente, consideró que no había elementos objetivos suficientes, como la pericia médica, que avalaran la justa composición de los derechos e intereses de las partes, por lo que rechazó la homologación. La mayoría del tribunal resolvió homologar el acuerdo conciliatorio, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios profesionales, además de detalles sobre pagos, tasas de justicia y acreditaciones.
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