Logo

GARCIA PEREIRA JONATHAN C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La homologación del acuerdo transaccional en autos por la suma de $10.000.000, con declaración de validez y fuerza de sentencia, es procedente y fue homologada, confirmando la acuerdo en el marco del proceso laboral. El tribunal consideró que el acuerdo aseguraba una justa composición de derechos e intereses, y que la suma pactada fue ajustada a derecho, ordenando su cumplimiento y regulando honorarios y costas.

Transaccion Costas y honorarios Cumplimiento Proceso laboral Derecho del trabajo Homologacion acuerdo Sentencia homologatoria Ley 20.744 Valoracion de convenios

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal del trabajo de Tandil homologó un acuerdo transaccional entre el actor, Jonathan García Pereira, y la demandada, Federación Patronal Seguros S.A., por la suma de diez millones de pesos ($10.000.000). La decisión se basó en que el acuerdo establece las bases que aseguran una justa composición de derechos e intereses, y que la parte accionante reajustó su pretensión crediticia en conformidad con el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.). El juez Soria manifestó: “Luego de pormenorizado análisis del acuerdo celebrado por las partes, atento la naturaleza jurídica del convenio, y dado que la parte accionante ha reajustado su pretensión crediticia, encuentro que el mismo establece las bases que permiten asegurar una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.).” Y agregó: “Que atento lo resuelto al tratarse y votarse en la segunda cuestión, corresponde declarar válido el acuerdo celebrado por las partes y homologar el mismo con fuerza de Sentencia, a través del cual la parte demandada se obliga a abonar a la parte actora... la suma de pesos DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), en concepto de monto transaccional, que serán pagaderos en la forma pactada en la clausula segunda.” La homologación fue efectiva y se impusieron costas por su orden, con eximición del pago de la tasa de justicia, regulándose honorarios en los términos de los arts. 16, 21, 22, 23, 25, 28 y 43 de la ley 14.967 y en conformidad con lo dispuesto en el art. 2° de la ley 10.268. Se dispuso también la devolución de documentación y el cumplimiento de obligaciones de pago a través de transferencias bancarias, con una regulación de honorarios y condiciones de pago en los plazos establecidos. La decisión refleja un análisis detallado sobre la validez del acuerdo y su homologación, con fundamentación en normativa laboral y procesal aplicable.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar