ZAMORA MIGUEL ANGEL C/ PAGNACCO LAURA ELVIRA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
El Tribunal del Trabajo de Tandil homologó un acuerdo transaccional en autos de daños y perjuicios, validando la conformidad de las partes y ordenando el pago de $67.000.000 por parte de la cooperativa, con reconocimiento de costas y regulación de honorarios, con fuerza de sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal del Trabajo de Tandil, en autos "ZAMORA MIGUEL ANGEL C/ PAGNACCO LAURA ELVIRA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
- Expte. Nº 21743", resolvió homologar un acuerdo celebrado entre las partes. La resolución surge tras analizar que el acuerdo fue suscripto por todos los involucrados y que la parte actora ajustó su pretensión crediticia, estableciendo bases que aseguran una justa composición de derechos e intereses, conforme al art. 15 de la ley 20.744. El voto del juez Soria fue por la procedencia de la homologación, considerando que el acuerdo cumple con los requisitos de validez y que no existen obstáculos legales para su homologación. Los jueces Persson y Moragas adhieren sus votos a los fundamentos del juez Soria. En cuanto a la segunda cuestión, el tribunal declaró válido el acuerdo y homologó el mismo con fuerza de sentencia, disponiendo además que la parte co-demandada Cooperativa Agropecuaria de Tandil Limitada abone a Miguel Ángel Zamora la suma de 67 millones de pesos en cinco días de notificada la homologación. Se ordenó la apertura de cuenta judicial, y se intimó a la parte demandada a realizar en diez días el pago de la tasa de justicia y contribuciones. La sentencia también regula honorarios, costas y sustancias del acuerdo, y establece la liquidación de los honorarios profesionales y peritajes, además de la regulación del pago de honorarios de los profesionales intervinientes y peritos. La resolución se fundamenta en la legalidad y en la conformidad de las partes, con énfasis en la validez del acuerdo y en la existencia de una causa justa para la homologación, en línea con los arts. 16, 21, 22, 23, 25, 28, 43 de la ley 14.967, y demás normativas aplicables.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: