VIGOUROUX JUAN MANUEL C/ RAINOLTER CLAUDIO RAUL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condenó a Rainolter y a la aseguradora a pagar $41.150.000 por daños tras accidente vial, considerando responsabilidad objetiva del demandado, daños emergentes, morales, incapacidad, lesiones físicas y psíquicas, y límites de cobertura asegurativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Juan Manuel Vigouroux, demanda por daños y perjuicios tras sufrir lesiones en un accidente de tránsito ocurrido el 23/04/2018, en el que fue embestido por el vehículo conducido por Rainolter. La sentencia establece que el demandado debe responder civilmente por los daños en virtud de responsabilidad objetiva por el uso de la cosa riesgosas, sin acreditar eximentes suficientes. La mecánica del hecho ha sido probada con dictámenes periciales que concluyen que Rainolter embistió a Vigouroux en la intersección, siendo responsable por no ceder el paso, sin que exista prueba de exceso de velocidad, falta de luces o licencia del actor. La responsabilidad del demandado se fundamenta en la mecánica del accidente y en la normativa vial, descartando eximentes como exceso de velocidad o falta de documentación del actor. La demanda incluye daños emergentes, gastos médicos, incapacidad y daño moral, con una suma total de $41.150.000, ajustada por intereses y límites de cobertura del seguro. La aseguradora, citada en garantía, admite la existencia del seguro y el límite de responsabilidad, pero la sentencia determina que dicho límite, a valor actual, resulta insuficiente y se fija en la suma máxima vigente al momento del pago, en línea con la protección del asegurado y la víctima. La sentencia también analiza la tasa de interés aplicable, optando por la tasa activa para mantener el valor del crédito, y rechaza la pretensión de actualización monetaria por inaplicabilidad de las leyes de indexación.
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