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VIGO JONATHAN EMANUEL C/ PROVINCIA SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Se homologó un acuerdo entre las partes en un proceso por daños y perjuicios automovilísticos, confirmando los honorarios y costas, y estableciendo las obligaciones de pago y notificación de las partes. La resolución se fundamenta en la conformidad alcanzada y las disposiciones del CPCC y leyes complementarias.

Honorarios profesionales Homologacion de acuerdo Danos y perjuicios automovilisticos


- Quién demanda: Jonathan Emanuel Vigo

¿A quién se demanda?

Provincia Seguros Sociedad Anónima y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de hechos automovilísticos, con solicitud de homologación de acuerdo, regulación de honorarios y costas.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo alcanzado, se confirmaron los honorarios profesionales y mediadores, y se ordenaron las notificaciones y pagos correspondientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento lo solicitado y lo dispuesto por el art. 308 del CPCC, HOMOLÓGASE el convenio al que han arribado las partes y que se encuentra instrumentado en la presentación a despacho y cuya copia se registra con la presente." "Las costas serán soportadas por la citada en garantía y con los alcances fijados en la cláusula IV. (art. 68 del CPCC)." "En consecuencia, confírmense los honorarios regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes: Dr. Leandro Martín Garagoli en la suma de pesos $1.000.000 y regúlanse los honorarios profesionales interviniente: la Dra. María Florencia Cervone en la suma de 12 JUS con más los aportes de ley e IVA en caso de corresponder." "Asimismo, fíjense los honorarios del mediador prejudicial interviniente -teniendo en cuenta que la importancia de la labor desempeñada como también a las retribuciones asignadas a los demás profesionales-, Dr. Lopez Osvaldo Oscar La008 en la suma de $150.000 con más los aportes de ley e IVA en caso de corresponder." "Se pone de manifiesto que la base regulatoria asciende a la suma de $5.000.000." "Por último, intímase a la citada en garantía para que en el término de cinco (5) días acredite en autos el pago de la Tasa de Justicia y su contribución sobre la misma, siendo éstos liquidados seguidamente por Secretaría y que ascienden a la suma de $110.000 y de $11.000 respectivamente." Fundamentos indican que la homologación se realiza por acuerdo de partes, conforme a las disposiciones del CPCC y la normativa aplicable, y que las costas y honorarios se ajustan a lo pactado y regulado en la causa.

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